viernes, 21 de agosto de 2009

COMUNICADO ESPECIAL

JUNTA ADMINISTRADORA

Muy estimados Copropietarios, residentes y vecinos; un cordial y fraterno saludo.

En la Asamblea General del pasado Marzo de 2.009, ustedes depositaron en nosotros la gran responsabilidad de velar por el buen nombre y funcionamiento de nuestro querido Miradores de San Lorenzo. Siendo así, se nos otorgó en pleno y como prioridad en nuestra labor, el procurar la solución a situaciones administrativas que fueron objeto de preocupación en dicha asamblea, como lo es el caso de la “recuperación de cartera” y la pronta solución a la “carga prestacional del conjunto” , motivos que nos agobian, ya que bien sabido por todos es, que decisiones administrativas del pasado permitieron la contratación a termino indefinido de los empleados del conjunto, lo que a todas luces y en la situación económica actual, es imposible sostener sin correr un gran riesgo y pérdida a futuro para la responsabilidad financiera del conjunto.

Por ende, analizada entonces la situación actual de nuestra Administradora la Señora RUTH PEÑA HERNANDEZ, encontramos a propósito de lo anterior, motivos que por ley y necesidad nos obligaron a proponer cambios en su contratación, a los que ella manifestó no aceptar, ya que no se ajustaban a sus pretensiones laborales. Cabe anotar entre otros, algunos de dichos motivos:

· Por ley todo empleado y en nuestro caso muy especial la administradora quien está contratada a término indefinido; antes de 10 años, la ley permite cambiar la figura del contrato indefinido y si por omisión nuevamente se permite el término de dicha fecha, el empleado en este caso la Administradora, quedará nombrada hasta que la ley la pensione, ella renuncie o se destituya con justa causa. (la señora Administradora cumple 10 años en Mayo de 2.010).

· El sueldo actual de la Administradora es de $1.200.000.oo. Si sumamos todas las mesadas del año con los ajustes y prestaciones sociales anuales de ley según su clase de contrato, superan un mes con otro mas o menos la cifra de $1.500.000.oo.

· Que otros Administradores como la señora Ruth Peña Hernández, quienes son idóneos y muy profesionales, pueden trabajar con Honorarios y a Contrato Anual por cifras ajustadas aproximadamente al 40% o 50% menos que el sueldo actual de la Administradora del conjunto.

En vista de la respuesta de la señora Administradora y encaminados por la pronta e indiscutible solución, amparados entonces en dicha responsabilidad y acogiéndonos a la Ley 675 de Agosto 3 de 2.001, que en su artículo 50 dice: “que será el Consejo de Administración, quien deberá remover o nombrar al Administrador “. El legislador considero, para otorgar tal atribución al Consejo o Junta Administradora, que así se facilitaba el nombramiento y remoción del Administrador al no tenerse que convocar una Asamblea General. En consecuencia, la Junta Administradora 2.009 por unanimidad y en uso legal de sus facultades que por Asamblea General fueron asignadas, da terminación a 31 de Agosto del año en curso, al contrato con la señora RUTH PEÑA HERNANDEZ.

Tal decisión fue estudiada y analizada minuciosamente bajo la supervisión del señor Revisor fiscal del conjunto, Dr. Lelio Mendoza y la Junta Administradora en pleno. Aclaramos que la liquidación en indemnización que por ley recibirá la señora administradora, es viable financieramente hablando, ya que a hoy y gracias a los ajustes administrativos y financieros realizados por la Junta Administradora, la economía y solvencia de nuestro conjunto han venido mejorando paulatinamente y que además por los acuerdos con los deudores morosos, la recuperación de cartera viene siendo positiva y nos permite asegurar dicha solvencia. Cabe resaltar que a partir del mes de Septiembre del año en curso, habrá un ahorro mensual entre el 40% o 50% del sueldo de la Administración, lo que nos asegura mucho más tal ejecución , también es de anotar que el presupuesto actual no se tocará ni se desajustará y que el arreglo con la señora administradora se hará a la luz de la Oficina Regional de Trabajo con todo y las exigencias del Ministerio de Protección Social y con la veeduría del señor revisor fiscal del conjunto, quien repetimos, asistió a la junta en dicho estudio y determinación. No sobra añadir que el conjunto no acrecentará un déficit por dicho motivo, que no se adquirirán deudas ni compromisos económicos para tal fin y que mucho menos se recurrirá a cuota extraordinaria alguna.

En ocasiones algunas determinaciones en la vida son difíciles de tomar y en este caso lo es, porque la Junta Administradora no desconoce la labor realizada durante tantos años en pro de nuestro en cumplimiento de su trabajo por parte de la señora Ruth Peña Hernández. Hoy aplicamos el bien general y común por sobre todo lo anterior y de la misma manera ofrecemos en nombre de todo el conjunto agradecimientos a la señora administradora.

Por último informamos que en un próximo comunicado, entregaremos a ustedes la información detallada del arreglo económico según ley con la señora administradora, los estados financieros para tal fin y si es posible, la presentación del nuevo (a) administrador (a) del conjunto; aprovechamos la invitación para traer hojas de vida a la mayor brevedad, sin embargo la Junta Administradora ya está tomando responsabilidad al respecto para no descuidar la estabilidad administrativa del conjunto.

Cualquier inquietud por favor hacerla llegar directamente a la Junta Administradora, en pro del respeto, la buena comunicación y la sana convivencia.

Cordialmente,

JUNTA ADMINISTRADORA 2.009

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